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PE.3. Coordinación, concreción y tratamiento transversal

La normativa dice que el título es...

3. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal en las materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas, integrando la igualdad de género como un objetivo primordial.

Referencia normativa

La referencia normativa a la que se sujeta este punto del Proyecto Educativo, viene dada por:

  • Artículo 8 . Ordenación general del Decreto 102/2023, de 9 de mayo.
  • Artículo 11 . Enseñanza de Religión del Decreto 102/2023, de 9 de mayo.
  • Artículo 2. Elementos y estructura del currículo de la Orden de Educación Secundaria de 30 mayo.
  • Anexo curricular de la Orden correspondiente (Anexos II, III, IV y V de la Orden de Educación Secundaria de 30 de mayo de 2023).
 

PE.3.1. Introducción

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PE.3.2. Educación Secundaria Obligatoria

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