- En la programación de actividades que realice cada Departamento didáctico deberán quedar descritas las actividades previstas para cada nivel, estableciendo en lo posible una distribución por trimestres, estableciendo así mismo las medidas organizativas oportunas; que sea razonable y procurando una vinculación directa de cada actividad con los objetivos de cada ciclo y el currículo correspondiente a cada curso.
- Estas actividades programadas y aprobadas quedarán recogidas en el calendario del centro para que todo el profesorado pueda acceder a la información sobre el alumnado participante en las mismas, duración de la actividad, implicación del resto de profesorado no participante.
- Los Departamentos Didácticos usando criterios de racionalidad, procurarán programar menos actividades en el tercer trimestre del curso, para no incidir en el desarrollo docente de las áreas o materias en el tramo final del curso. Asimismo se procurará, para la realización de este tipo de actividades, evitar aquellas fechas en que se concentra la realización de actividades evaluables por parte del alumnado.
- Si alguna actividad quedase fuera de la programación inicial, el Departamento correspondiente podrá presentar la propuesta, con la suficiente antelación a Jefatura del DACE, y esta, a su vez la presentará en la reunión del ETCP para su aprobación.
- Tras la realización de una actividad previamente aprobada o incluida en el Plan general de actividades, el/la profesor/a responsable de la organización de la actividad deberá presentar a la Jefatura del DACE la ficha creada para tal efecto, con los datos concretos de la actividad, con el fin de completar la memoria del DACE.
- La realización de una actividad requerirá la participación como mínimo de 2/3 del grupo en el caso de que se trate de una actividad de carácter voluntario. Si la actividad es de carácter obligatorio, todos/as los/as alumnos/as del grupo están obligados/as a participar. No serán aceptados los justificantes de no participación en una actividad por parte de la familia del alumnado salvo que concurran razones de carácter médico que desaconsejen la participación de el/la alumno en cuestión en la actividad.
- El profesorado responsable de la actividad debe velar por el cumplimiento de lo programado y, al término de la misma, comunicar a Jefatura de Estudios, de manera escrita, las incidencias que considere de interés.
- Se procurará que el desarrollo de una actividad no suponga la suspensión total de la actividad docente de una jornada. Una vez finalizada la actividad, el/la alumno/a continuará con su horario lectivo normal.
- Además del profesorado, podrán participar en una actividad aquellos/as padres, madres, personas mayores de edad que manifiesten su voluntad de hacerlo y obtengan la autorización del Consejo Escolar.
- Según esto, serían deseables múltiples actividades. Sin embargo, éstas siempre se verán limitadas por razones de transporte y por la disponibilidad económica.
Criterios para las actividades complementarias desarrolladas dentro del centro en horario escolar:
- La participación del alumnado en estas actividades tendrá siempre un carácter obligatorio.
- El Departamento didáctico organizador de la actividad procurará que ésta se desarrolle dentro de la franja horaria de su área o materia a fin de que puedan hacerse responsables de ella.
- En el caso de que la actividad esté organizada por el DACE, el Departamento de Orientación o por cualquier departamento didáctico fuera de la franja horaria de su área o materia, será el/la profesor/a afectado/a por la actividad el/la responsable de que los/as alumnos/as participen en la misma, permaneciendo en todo momento dichos/as alumnos/as a su cargo.
- Cuando la actividad con el alumnado sea dirigida por un/a agente colaborador/a externo/a, el/la profesor/a afectado/a deberá estar siempre presente en la actividad para controlar y atender cualquier incidencia.
Criterios específicos para las actividades complementarias desarrolladas fuera del centro:
- Para este tipo de actividades siempre será necesaria la conformidad de los/as padres/madres/representantes legales a través de iPasen o a través de un compromiso personal, en los casos de mayoría de edad. Asimismo, los/as padres/madres o tutores legales autorizarán a el/la profesor/a responsable de la actividad a adoptar las decisiones sobre las medidas de atención médica que, en caso de accidente, fueran necesarias. Esta autorización tendrá que haberla presentado, en el plazo establecido, todo/a alumno/a que participe en una actividad de este tipo.
- Las actividades complementarias que supongan la salida del Centro y que se desarrollen dentro del horario escolar tienen carácter obligatorio si son totalmente gratuitas para el alumnado, y su no participación en ellas tendrá para este las correspondientes consecuencias a nivel académico.
- El alumnado que no participe en la actividad estará obligado a asistir al Centro, para lo cual la Jefatura de Estudios arbitrará las medidas oportunas para que dicho alumnado sea debidamente atendido. El alumnado que no participe en la actividad y que se ausente del Centro sin causa justificada, incurrirá en falta contra las normas de convivencia, lo que se tendrá en cuenta para su participación en posteriores actividades complementarias o extraescolares fuera del Centro.
- Los/as profesores/as que participen en actividades que supongan su ausencia del Centro en horario lectivo, dejarán previstas las tareas que deban realizar los/as alumnos/as que no participan en la actividad, y las de aquellos/as otros/as a quienes no pueda atender, para que el alumnado aproveche el tiempo y el profesorado de guardia pueda así cumplir su cometido.
- En todas las salidas habrá un/a profesor/a o adulto responsable por cada 25 alumnos. Para el caso de actividades fuera de la localidad se mantendrá idéntica proporción con un mínimo de dos profesores/as o adultos responsables.
- El punto de salida y de llegada de cualquier viaje o salida será siempre el instituto, salvo que las familias notifiquen vía IPasen que una persona mayor de edad se responsabiliza de su entrega y recogida en un punto fijado.
- El profesorado liberado de un grupo asistente a una salida o viaje deberá pasar a formar parte del profesorado de guardia.
Criterios específicos de organización para actividades extraescolares: Las actividades extraescolares se realizarán fuera del horario lectivo y tienen carácter voluntario, tal como se señala en el capítulo I de la presente normativa. Entre este tipo de actividades se consideran, además de las que con carácter formativo se realizan fuera del horario escolar en las dependencias del Centro, las siguientes: Viajes de estudios, viajes como premios o reconocimientos, actos de entrega de premios, actividades artísticas o deportivas dentro o fuera del Centro.
Viajes de estudios: Este tipo de actividades tendrá siempre un carácter voluntario y, dada su peculiaridad, la financiación, número de participantes, tanto de alumnado como de profesorado y demás condiciones de participación, estarán sujetas a las normas y requisitos que se establezcan por parte de las entidades organizadoras de este tipo de actividades:
- Se considera “viaje de fin de estudios” aquella actividad, complementaria y extraescolar al mismo tiempo, que realizan los alumnos y alumnas del Centro con motivo de la finalización de la Enseñanza Obligatoria en el Centro.
- Teniendo en cuenta la complejidad que suele presentar la organización y financiación de este viaje, será necesaria la constitución de la Comisión del Viaje de Fin de Estudios Obligatorios con las siguientes competencias:
- Coordinar junto con el Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares su organización.
- Representar al alumnado participante ante el Equipo Directivo y Consejo Escolar.
- Organizar cuantas actividades se programen de cara a la recaudación de fondos económicos para su realización.
- Recoger y custodiar los fondos destinados a tal fin.
- Cuantas otras, de común acuerdo, acepten asumir los miembros de la Comisión.
- La Comisión del Viaje de Fin de Estudios estará constituida por al menos, dos padres o madres del alumnado, el Jefe del DACE, dos representantes del alumnado y uno de los profesores acompañantes en el viaje.
- La Comisión del Viaje de Fin de Estudios habrá de elaborar un proyecto de viaje y presentarlo al Consejo Escolar para someterlo a su aprobación.
- El nivel en el que se realizará este tipo de Viaje anualmente es 4º ESO. No podrán asistir al viaje alumnos o alumnas matriculados en cursos distintos de aquellos para los que se organiza el viaje.
- La fecha de realización de este viaje habrá de ser en el segundo trimestre del curso, a fin de no perjudicar el rendimiento académico de los/as alumnos/as en el último tramo del curso. Excepcionalmente, se podrá realizar en el inicio del tercer trimestre si existiera algún problema.
- Dicha comisión convocará a los padres y madres del alumnado participante en el viaje a cuantas reuniones de carácter informativo se estimen convenientes. Asimismo, una vez organizado el viaje, convocará al alumnado participante para dar las instrucciones oportunas e informar del programa completo de visitas y actividades a realizar.
- Asimismo, la Jefatura de estudios podrá determinar la no participación de un/a alumno/a si hubiera faltado el 30% de las horas lectivas.
Normas que regulan las actividades fuera del centro:
- Por tratarse de actividades de Centro, la participación del alumnado en ellas supone la aceptación de todas las normas establecidas. Por ello, le será de aplicación durante el desarrollo de la misma, cuanto se recoge en el Plan de Convivencia sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas, y las correspondientes correcciones en caso de conductas contrarias a las normas de convivencia.
- En caso de conductas inadecuadas se considerará agravante el hecho de desarrollarse la actividad fuera del Centro.
- El/La alumno/a que hubiera incurrido en conductas inadecuadas podrá quedar excluido temporalmente o hasta final de curso de participar en determinadas actividades futuras, si así lo decidiera la Jefatura de Estudios.
- Si la gravedad de las conductas así lo requiriera, los adultos acompañantes podrán comunicar tal circunstancia a la Jefatura de estudios, que podrá decidir el inmediato regreso de las personas protagonistas de tales conductas. En este caso, se comunicará tal decisión a los/as padres/madres o tutores de los/s alumnos/as afectados/as, acordando con ellos/as la forma de efectuar el regreso, en el caso de alumnos/as menores de edad. Todos los gastos originados por esta circunstancia correrían a cargo de la familia.
- El alumnado que participe en este tipo de actividades asistirá obligatoriamente a todos los actos programados. La falta de atención, indisciplina o manifiesto desinterés supondrá la inhabilitación de el/la alumno/a a participar en otros viajes, sin perjuicio de las correcciones que le fueran aplicables.
- Durante las actividades que se lleven a cabo en el viaje, el alumnado no podrá separarse del grupo y no podrá ausentarse del lugar de alojamiento sin la previa comunicación y autorización de los adultos acompañantes.
- Las visitas nocturnas a la ciudad, cuando las hubiere, deberán hacerse en grupos, estando prohibido el consumo de bebidas alcohólicas u otras sustancias nocivas para la salud.
- Los/as alumnos/as no podrán utilizar o alquilar vehículos diferentes a los previstos para el desarrollo de la actividad, ni desplazarse a localidades o lugares distintos a los programados, ni realizar actividades deportivas o de otro tipo que impliquen riesgo para su integridad física o para los demás.
- De los daños causados a personas o bienes ajenos serán responsables los/as alumnos/as causantes. De no identificarlos, la responsabilidad recaerá en el grupo de alumnos/as directamente implicados o, en su defecto, en todo el grupo de alumnos/as participantes en la actividad. Por tanto, en caso de minoría de edad, serán los padres/madres/representantes legales de estos/as alumnos/as los/as obligados/as a reparar los daños causados.
- En caso de que los/as alumnos/as observen cualquier tipo de anomalía o deficiencia en los medios de transporte o alojamiento, se dirigirán a los/as profesores/as responsables de la actividad, con objeto de que éstos/as puedan canalizar las quejas ante los organismos correspondientes, evitando en todo caso acciones individuales.
- Ante situaciones imprevistas, el profesorado responsable reorganizará las actividades, a fin de lograr un mayor aprovechamiento.
Financiación de las actividades complementarias y extraescolares:
- Para la financiación de estas actividades se emplearán los siguientes recursos económicos:
- Las cantidades que apruebe el Consejo Escolar procedentes de la asignación que recibe el Centro de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en concepto de gastos de funcionamiento.
- Las cantidades que puedan recibirse de cualquier ente público o privado.
- Las aportaciones de la Asociación de Padres y Madres del Instituto.
- Las aportaciones realizadas por los/as usuarios/as.
- Las cantidades que puedan recibirse por la participación del Centro en los diversos Planes y Programas.
- Cuando la actividad deba ser sufragada en parte por el alumnado, los/as usuarios/as efectuarán el pago de cada actividad en la forma que determinen los organizadores de la misma.