Programa de modificación de conductas: “Un compromiso de convivencia”:
Este programa está dirigido a alumnos y alumnas que presentan problemas de integración en el Centro o dificultades de aprendizaje. Este alumnado manifiesta frecuentes problemas de conducta y escasa actitud hacia el trabajo escolar y el estudio. Aceptan o demandan su inclusión en un programa de modificación de conducta, por diversas razones: unas veces llegan al Departamento de Orientación después de algunos avisos de sanción o tras una leve expulsión del centro, otras a indicación de los/as tutores/as, otras por iniciativa de los/as padres/madres después de una entrevista con el Orientador, por acuerdo de la Comisión de Convivencia y por iniciativa de el/la propio/a alumno/a.
La finalidad del Programa es conseguir que el/la alumno mejore su conducta escolar o su rendimiento académico, favoreciendo su autocontrol, y por medio del seguimiento semanal de su comportamiento y de su trabajo. La revisión del seguimiento la realizan con el Orientador. La Mejora que se produce con el programa esta relacionada fundamentalmente con la mejora de la motivación, de la autoestima, del control sobre su conducta y de las relaciones que se establecen tras la participación de el/la alumno/a en el mismo.
Seguimientos de alumnos y alumnas “con compromiso de convivencia”:
El desarrollo del programa se sitúa en una perspectiva cognitivo-conductual, pues no solamente persigue la modificación puntual de la conducta de el/la alumno/a, sino también trabajar una serie de factores que intervienen en la elaboración cognitiva que el/la alumno/a realiza de la relación socio-educativa. Se trabaja la motivación, la autoestima, el interés, el estilo atribucional, la solución de problemas...
Es un programa sistematizado, progresivo e integrado en la labor de el/la Orientador/a y asumido por los/as tutores/as y profesores/as del Centro.
Las fases del programa son las siguientes:
- Recogida de información sobre la situación de el/la alumno/a. A través de una entrevista se recogen datos de el/la alumno/a, de el/la tutor/a y a veces también de los padres y madres.
- Establecer un acuerdo o contrato: Se establece un acuerdo o contrato con el/la alumno/a y si se puede con los/as padres/madres también, en el que se especifica lo que se quiere conseguir y la forma de llevarlo a cabo. Siempre que se puede se establece un programa de economía de fichas, estableciendo un listado de refuerzos, en función de los cumplimientos del contrato, valorados semanalmente por el/la orientador/a y alumno/a.
- Hoja de seguimiento: Se entrega a el/la alumno/a una hoja de seguimiento para ser rellenada por los profesores/as y por los/as padres/madres.
- Revisiones semanales: La ficha de seguimiento es semanal, y es revisada por el/la orientador/a.
- Duración del Programa: Los programas tienen un tiempo limitado para su finalización, normalmente entre tres y seis semanas, y su desarrollo es progresivo.
- Comunicación a la familia: Las familias firman diariamente la hoja de seguimiento y se contacta con los/as padres/madres para revisar el seguimiento.
- Favorecer el autocontrol: A partir de que el alumnado cumple su compromiso, durante unas semanas continúa su seguimiento personal y autónomo, reforzando el autocontrol.
- Información a los/as tutores/as, jefe/a de estudios, director/a y profesores/as.
- El programa se puede completar con refuerzos de tipo social.
El tutor o tutora dará traslado a la dirección del centro de cualquier propuesta de compromiso de convivencia, con carácter previo a su suscripción, para que éste/a verifique el cumplimiento de las condiciones previstas en el plan de convivencia para la aplicación de esta medida. Una vez verificadas las condiciones, el director o directora autorizará al tutor o tutora para que lo suscriba.
De los compromisos de convivencia quedará constancia por escrito, estableciéndose las medidas concretas que se acuerden para superar la situación de rechazo escolar que presenta el alumnado, las obligaciones que asume cada una de las partes para el desarrollo de dichas medidas y la fecha y los cauces de evaluación de la efectividad de las mismas. Asimismo, deberá quedar constancia de la posibilidad de modificar el compromiso, en caso de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el resultado esperado.
Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor o tutora dará traslado del mismo al director o directora del centro, que lo comunicará a la Comisión de Convivencia.
Se realizará el seguimiento por parte de la Comisión de Convivencia de los compromisos de convivencia suscritos en el centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Decreto 19/2007, de 23 de enero.
El Consejo Escolar, a través de la Comisión de Convivencia, garantizará la efectividad de los compromisos de convivencia que se suscriban en el centro y propondrá la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento, entre las que se podrá contemplar la anulación del mismo.