Analizada la situación del centro respecto a disponibilidad de personal para atender el aula de convivencia según queda configurada en el artículo 25 del Decreto 327/2010 sobre el Reglamento Orgánico de lo Centros, donde se expone lo siguiente:
Artículo 25. Aula de convivencia. (Reflexión):
- Los centros educativos podrán crear aulas de convivencia para el tratamiento individualizado del alumnado que, como consecuencia de la imposición de una corrección o medida disciplinaria por alguna de las conductas tipificadas en los artículos 34 y 37, se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas.
- El plan de convivencia establecerá los criterios y condiciones para que el alumnado a que se refiere el apartado anterior sea atendido, en su caso, en el aula de convivencia. Corresponde al director o directora del centro la verificación del cumplimiento de dichas condiciones y la resolución a adoptar, garantizando, en todo caso, el trámite de audiencia a los padres, madres o representantes legales del alumno o alumna.
- En estas aulas de convivencia se favorecerá un proceso de reflexión por parte de cada alumno o alumna que sea atendido en las mismas acerca de las circunstancias que han motivado su presencia en ellas, de acuerdo con los criterios del correspondiente departamento de orientación, y se garantizará la realización de las actividades formativas que determine el equipo docente que atiende al alumno o alumna.
- En el plan de convivencia se determinará el profesorado que atenderá el aula de convivencia, implicando en ella al tutor o tutora del grupo al que pertenece el alumno o alumna que sea atendido en ella y al correspondiente departamento de orientación, y se concretarán las actuaciones que se realizarán en la misma, de acuerdo con los criterios pedagógicos que, a tales efectos, sean establecidos por el equipo técnico de coordinación pedagógica.
El Plan de Convivencia del Instituto llega a la conclusión de que el IES Dra. Josefa de los Reyes lo aplicará para mantener en funcionamiento del centro en cuanto al control de la convivencia dentro de los medios técnicos y humanos de los que disponga en cada momento. Actualmente se dispone de un recinto y/o espacio denominado aula de convivencia-reflexión.