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6.2. Protocolo de acoso

 

En el momento en el que algún miembro de la comunidad educativa es conocedor/a de alguna situación de posible acoso, lo debe dar a conocer a la Dirección del centro la cual activará el Protocolo de Actuación en supuestos de acoso escolar, regido por la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas y concretado en el Anexo I de dicha orden. 

A partir del inicio del protocolo, la Dirección será la encargada de seguir los pasos propuestos en el módulo de la aplicación Séneca en colaboración con el/la Orietador/a, el/la Tutor/a del grupo al que pertenece el/la alumno/a supuestamente acosado y cualquier otra persona que trabaje con el/la alumno/a (Psicólogo/a, Integrador/a,... de alguno de los programas en los que participe el centro). 

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