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PE.19.1.2. Funciones de la Coordinación del proyecto o plan educativo

 

Según el Artículo 2. de la mencionada Orden de 15 de mayo de 2006, el coordinador o coordinadora tendrá las siguientes funciones generales:

  • Dinamizar e impulsar la aplicación del plan o proyecto educativo en el centro.
  • Asesorar al profesorado del centro en la solución de los problemas que puedan surgir en el desarrollo del plan o proyecto educativo.
  • Establecer cauces para la difusión de la experiencia y el intercambio de información con otros centros.
  • Orientar al profesorado del centro sobre los recursos disponibles para el desarrollo del plan o proyecto educativo.
  • Fomentar la creación de contenidos educativos por el profesorado del centro y su difusión a toda la comunidad educativa.
  • Administrar las herramientas educativas y facilitar su utilización por el profesorado.
  • En su caso, administrar los recursos informáticos puestos a disposición del plan o proyecto educativo.

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